PLAGUIPLAN, S.L. cuenta con los recursos técnicos y humanos necesarios para conseguir satisfacer las necesidades de sus clientes, erigiéndose como proveedor de empresas del sector de la alimentación, hostelería, banca, sanidad, sector industrial en general, comunidades de propietarios, así como de particulares.
PLAGUIPLAN, S.L. tiene por líneas estratégicas básicas las siguientes:
Garantizar el cumplimiento de las especificaciones de nuestro servicio y de todos los requisitos previamente convenidos con el cliente, asegurando su confianza en nuestra empresa.
Mejorar y estar en constante aprendizaje respecto a las nuevas técnicas de control de plagas, biología de las especies parasitarias y manipulación de productos químicos.
Ser competitivos a través de optimizar la gestión productiva, de calidad y de servicio.
Cumplimiento de lo establecido en la normativa aplicable.
Nuestra empresa lleva a cabo la prestación de sus servicios de acuerdo con los pasos que se describen a continuación:
- Inspección inicial del local del cliente o propiedad del cliente, para detectar posibles focos de infestación.
- Redacción de un informe técnico y presupuesto para el cliente indicando los problemas encontrados, su origen y el tratamiento para controlarlos.
- Tratamiento de choque para el control de la plaga.
- Inspecciones y tratamientos regulares (si existe contrato de mantenimiento), para mantener el control de la plaga en todo momento.
Nuestro servicio incluye, además, servicios de emergencia, servicio técnico y consultivo sobre cualquier materia relacionada con el control de plagas.
PLAGUIPLAN S.L. Control de plagas, se encuentra registrada en la Dirección General de Prevención y Promoción de la Salud, con el nº AS/S-22. Habiendo superado todo nuestro personal técnico los correspondientes cursos de capacitación profesional de aplicadores de tratamientos DDD y los correspondientes cursos de mantenimiento Higiénico Sanitario de instalaciones de Riesgo frente a la Legionelosis, homologados por el Ministerio de Sanidad y Consumo, así como el protocolo de EVALUACIÓN DE RIESGOS LABORALES Y PLANIFICACIÓN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA (Real decreto 171/2004 de 30 de enero por el que se desarrolla el articulo 24 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre, en materia de coordinación de actividades empresariales.
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